Artículo de opinión: Karla Espinoza, abogada LexLaw & Company
«Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa.» Montesquieu.
¿La jornada laboral por horas, sería viable en el Ecuador?
Legalmente la viabilidad de fomentar esta modalidad no tiene impedimentos. El Ecuador consagra en su Constitución el derecho al trabajo y coloca al Estado como el garante de los derechos de los trabajadores. La modalidad ha sido un éxito en otros países, generando un crecimiento exponencial en plazas de empleo y reducción del trabajo informal, problemas que abundan en el Ecuador. Desde la carta magna, Código del Trabajo, reglamentos y otros, existe una preocupación por proteger el derecho al trabajo y los derechos subsecuentes a este; y se ha decidido garantizar cuestiones como seguridad social, remuneraciones justas, jornadas laborales dignas y otros.
En realidad, en términos de legalidad, la idea de forjar empleo por horas dinamizaría el sector laboral, pues permitiría la inserción de más ecuatorianos económicamente activos y permitiría flexibilidad, especialmente para los más jóvenes. La modalidad desarrollaría la capacidad del país para solventar las cifras que rodean la situación de los ecuatorianos en términos laborales donde la tasa de empleo inadecuado bordea el 62,9%, el empleo adecuado se coloca en 33,6% y el desempleo se ubica en 3,8%. Generar esta posibilidad, abriría una oportunidad para el acceso a derechos.
Sin embargo, no se puede dejar de lado el análisis del contexto nacional, donde la situación económica no se compara con la de los países del norte global, los que han sido exitosos en este modelo. Generar más empleos sería lo mejor para los ecuatorianos; sin embargo, hay asuntos que «no están dichos» o que «se han dicho parcialmente» frente a la posibilidad de la nueva modalidad, por ejemplo: el mecanismo de aportación al IESS; limitaciones al tiempo que se pueda laborar; pago de utilidades, décimos tercero y cuarto, vacaciones, feriados; la diferenciación de sueldos por sectores; las diferencias para el sector público o privado; si la preparación o nivel educativo incidirá en el sueldo; el salario real por hora y muchas otras. Una realidad que la nueva modalidad tendrá que enfrentar es la capacidad del sector laboral para garantizar derechos, para garantizar que no haya un retroceso ni precarización laboral; tendrá que generar los mecanismos suficientes para una correcta aplicabilidad.
La jornada laboral por horas sería exitosa siempre y cuando se haga un análisis más profundo de la realidad nacional para proteger derechos, para proteger lo justo, para que esta nueva ley sea ley, porque es justa.